En relación a estas ayudas, les remitimos información, requisitos, documentación y procedimiento.

Las cuestiones más relevantes son:

– Cobrando cese de actividad anterior.

– Autónomo en pluriactividad.

– Rendimientos netos en 2019 superiores a 30.000 € en 2019.

– Autónomos excluidos de subvenciones.

 

– Autónomos con actividad suspendida por COVID: 1.500 € (pago único)

– Autónomos con reducción del 75 % de facturación: 750 € (pago único).

– Se requiere de certificado digital.

 

– Declaración responsable de cumplimiento de requisitos.

– Domiciliación bancaria

– Representación

– Declaración responsable de ayuda de mínimis (que no se perciben o si se perciben, la cuantía).

– Autorización para que la Administración obtenga (si no se autoriza, se deberá aportar la documentación)

– DNI.

– Vida laboral.

– Certificados de no deudas AEAT.

– Rendimientos netos 2019 de la AEAT.

– Mantenerse en alta 3 meses después desde reanudación actividad.

– Comunicar si se perciben otras ayudas o subvenciones.

– Someterse a posible control financiero.

– Si datos falsos: sanción y devolución.

– Si datos erróneos: devolución.

– Si no se cumple con la reducción del 75 %, moderará el importe.

 

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración.

 

Un saludo.